Registro ordinario de hijo o hija mexicana menor de 16 años, con acta de nacimiento mexicana, solicitado personalmente por su padre o madre mexicana mayor de edad asegurada con derechos; sin reconocimiento posterior, adopción ni representación. Confirma los requisitos de tu caso directamente con la autoridad.
Qué registro vas a solicitar
El alta de tu hijo como beneficiario corresponde a la modalidad J, IMSS-02-066-J. Si eres su padre o madre y estás asegurado en el IMSS, puedes presentar personalmente la solicitud. El registro permite incorporar sus datos como familiar derechohabiente; tener tu propio NSS o cambiar tu clínica no realiza esa alta por él.
Esta guía cubre el caso ordinario de un hijo mexicano de 0 a 15 años, con acta de nacimiento mexicana, y de un padre o madre mexicana mayor de edad que actúa por sí misma. Al cumplir 16 años, las condiciones cambian: los supuestos de estudios o discapacidad requieren una revisión distinta. También quedan fuera de este recorrido la adopción, el reconocimiento posterior y las controversias sobre filiación o custodia.
Antes de empezar, revisa tu vigencia de derechos. El artículo 84 de la Ley del Seguro Social incluye a los hijos menores de 16 años y condiciona las prestaciones de los familiares a su dependencia económica y a que el asegurado tenga derecho a las prestaciones del artículo 91. El IMSS determina la situación individual. Los documentos publicados para esta modalidad no añaden una carta de dependencia económica a la carpeta ordinaria.
Datos y documentos para ir a la UMF
Ten disponibles tu NSS, tu CURP y la CURP de tu hijo. El acuerdo de simplificación permite mostrar o proporcionar NSS y CURP; llevarlos a mano ayuda a cotejar la captura. Si te falta alguna clave, puedes consultar la CURP antes de acudir.
Para la vía presencial, prepara lo siguiente conforme al apartado 21.10 del acuerdo publicado el 15 de enero de 2024 y las notas de la ficha del IMSS:
| Documento | Cómo prepararlo |
|---|---|
| Tu identificación oficial vigente, como padre o madre que solicita | Original y una copia. Puedes usar, por ejemplo, INE vigente o pasaporte vigente. |
| Copia certificada del acta de nacimiento de tu hijo | El acta expedida oficialmente, en original, y una copia simple. Una fotocopia sola no sustituye el acta certificada. |
| Fotografía de tu hijo tamaño infantil | Una fotografía original, en blanco y negro o a color, para la Cartilla Nacional de Salud. |
| Comprobante de domicilio, si tu hijo vive en un domicilio distinto al tuyo | Presenta un comprobante del domicilio del menor conforme a las opciones de la ficha. |
El menor de 16 años de este recorrido no necesita INE. La nota del IMSS exige la identificación propia de los hijos cuando son mayores de 18 años. La ficha permite que tú presentes el registro como asegurado y no señala comparecencia conjunta con el menor como requisito ordinario.
La INE que uses debe estar vigente; el IMSS aclara que no es obligatorio haber actualizado la credencial. Revisa también que nombres y datos del acta sean correctos y que los documentos no tengan borraduras, tachaduras o enmendaduras. Si necesitas obtener otra copia de un registro existente, consulta la guía del acta de nacimiento.
Si tu hijo vive en otro domicilio
La modalidad J contempla este supuesto y pide comprobante de domicilio. Entre las opciones están recibos de luz, teléfono fijo, agua, gas o televisión de paga de no más de tres meses; predial o tenencia vehicular del año en curso; y estados de cuenta de instituciones financieras de no más de tres meses. Consulta la lista oficial de comprobantes si llevarás otro documento.
Explica el domicilio real al solicitar el alta para que se revise la adscripción a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda. El domicilio distinto no se resuelve con un cambio de clínica del titular ni implica, por sí solo, que el registro familiar esté terminado.
Opción de registro de hijos con CURP
El catálogo IMSS Digital ofrece un servicio específico de registro de hijos con CURP. Para prepararlo, reúne tu CURP, la de tu hijo, el código postal de tu domicilio y un correo electrónico personal al que tengas acceso. La entrada pública del formulario también solicita NSS y confirmación del correo.
- Entra al servicio oficial de registro de hijos del IMSS.
- Revisa los identificadores antes de capturarlos y atiende la verificación que muestre el servicio.
- Sigue las indicaciones que aparezcan para datos del beneficiario, dirección y clínica. Esos son los nombres de las etapas anunciadas en la pantalla pública.
- Conserva el acuse o resultado que el sistema efectivamente emita al finalizar y coteja que corresponda a tu hijo.
La oferta «con CURP» no permite asegurar que todos los casos se concluyan sin firma. El acuerdo general señala e.firma para el trámite en línea y el IMSS también ofrece el Escritorio Virtual con esa firma. La pantalla de entrada, por sí sola, no confirma cuáles serán todas las validaciones posteriores. Si el servicio pide un medio de firma que no tienes o no permite concluir el registro, puedes acudir a la UMF con los documentos.
Para hijos reconocidos o adoptados, el propio catálogo digital indica acudir directamente a la UMF. Ese recorrido necesita su documentación específica y no se cubre aquí.
Cómo presentarlo en la clínica
Acude a la UMF que te corresponda y solicita el registro de tu hijo como beneficiario, modalidad J. Presenta los documentos para cotejo y revisa los nombres completos y datos asentados antes de firmar. Guarda el acuse que te entreguen: iniciar la captura o entregar una carpeta no demuestra por sí solo que el alta haya concluido.
La atención publicada es de lunes a viernes hábiles para el IMSS, de 08:00 a 14:00 en unidades matutinas y de 08:00 a 19:30 donde hay turno matutino y vespertino. Confirma el servicio de tu unidad antes de trasladarte. El registro es gratuito.
Plazo del registro y comprobación posterior
El acuerdo de 2024, apartado 21.10, establece resolución y prevención inmediatas. La prevención es el requerimiento para atender una falta o aclaración de la solicitud. La ficha de Gob.mx publicada en 2016 aún menciona un día hábil; para el plazo se toma la norma posterior. «Inmediato» es el plazo administrativo publicado: no garantiza una consulta médica inmediata ni una activación en 24 horas.
El mismo acuerdo vincula la vigencia del registro con la vigencia de derechos del asegurado en los registros del Instituto, además de las condiciones legales aplicables. Después del alta, la consulta de vigencia del IMSS te ayuda a revisar la situación del titular y de los beneficiarios registrados. Esa consulta no da de alta a tu hijo.
Si el menor no aparece o encuentras diferencias, lleva el acuse a la UMF y pide revisión del registro. Conserva el mensaje si ocurrió en línea y explica en qué etapa se detuvo. La Cartilla Nacional de Salud sirve para el seguimiento de salud; tampoco sustituye el alta administrativa ni la comprobación de vigencia.
Si necesitas registrar además a tu esposa o esposo, revisa la guía para registrar al cónyuge en el IMSS: tiene otra modalidad y se acredita con el acta de matrimonio.
Fuentes oficiales de consulta
Estos enlaces permiten consultar la información de origen y confirmar las condiciones de tu trámite.
- Cámara de Diputados: Ley del Seguro Social, artículos 84 y 91 (abre en otra pestaña)
- DOF: acuerdo de simplificación publicado el 15 de enero de 2024, apartado 21.10 (abre en otra pestaña)
- IMSS: registro en UMF, modalidad J, documentos y notas de domicilio (abre en otra pestaña)
- IMSS Digital: registro de hijos con CURP y Escritorio Virtual (abre en otra pestaña)
- IMSS: entrada pública al registro de hijos con CURP (abre en otra pestaña)
- Gobierno de México: ficha IMSS-02-066-J, publicada en 2016 (abre en otra pestaña)
Consulta de fuentes: . La fecha de consulta indica cuándo se revisaron las fuentes; no representa una validación de la autoridad.






