Mi trabajo · Guía informativa

Registra a tu esposa o esposo como beneficiario del IMSS

Reúne el acta de matrimonio y los documentos para registrar a tu cónyuge en el IMSS, en la UMF o mediante Escritorio Virtual con e.firma.

Fuentes consultadas: Revisión editorial: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
Pareja adulta sentada en un sofá revisando una carpeta y papeles sobre una mesa.
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Registro de cónyuge mexicano con acta de matrimonio mexicana, solicitado personalmente por una persona mexicana mayor de edad asegurada con derechos; sin concubinato, unión civil, pensionados ni representación como recorrido principal. Confirma los requisitos de tu caso directamente con la autoridad.

Cuándo corresponde la modalidad de cónyuge

Para registrar a tu esposa o esposo como beneficiario del IMSS se utiliza la modalidad A, IMSS-02-066-A. El vínculo se acredita con el acta de matrimonio. Si tú eres la persona asegurada, puedes presentar personalmente la solicitud; el registro del matrimonio en el Registro Civil no hace automáticamente el alta en el IMSS.

Esta guía se dirige a una persona mexicana mayor de edad, asegurada con derechos, que registra a su cónyuge mexicano con acta de matrimonio mexicana. El artículo 5 A de la Ley del Seguro Social reconoce los mismos derechos y obligaciones a los matrimonios entre personas del mismo sexo. Los requisitos de este recorrido no cambian según quién sea la esposa o el esposo.

El concubinato y la unión civil tienen modalidades y documentos propios. Los casos de personas pensionadas, representación o documentos extranjeros también necesitan revisión específica y no forman parte del recorrido principal de esta guía.

Revisa primero tus derechos

Consulta tu vigencia en el IMSS antes de preparar el alta. El artículo 84 de la Ley condiciona las prestaciones de los familiares a su dependencia económica y a que el asegurado tenga derecho a las prestaciones del artículo 91. El Instituto determina si se reúnen las condiciones del caso.

La relación matrimonial y la vigencia se revisan dentro de ese marco legal. La lista ordinaria de documentos de la modalidad A no añade una carta ni un comprobante especial de dependencia económica; prepara los documentos publicados para cónyuge.

Qué llevar para el registro presencial

Ten disponibles tu NSS, tu CURP y la CURP de tu cónyuge. El acuerdo de simplificación de 2024, apartado 21.1, permite mostrar o proporcionar NSS y CURP. Coteja los identificadores con los nombres de las actas para detectar diferencias antes de la captura.

Documento Cómo prepararlo
Identificación oficial vigente de tu cónyuge Original y una copia. Lleva también tu identificación vigente, como asegurado que presenta la solicitud.
Copia certificada del acta de matrimonio El acta expedida oficialmente, en original, y una copia simple. Debe corresponder al matrimonio entre tú y la persona que registrarás.
Fotografía de tu cónyuge tamaño infantil Una fotografía original, en blanco y negro o a color, para la Cartilla Nacional de Salud.
Comprobante de domicilio, si tu cónyuge vive en un domicilio distinto al tuyo Debe estar a nombre de tu cónyuge, según la nota de la modalidad A.

Como identificación puedes preparar, por ejemplo, INE vigente o pasaporte vigente. La ficha del IMSS aclara que basta con que la INE esté vigente: actualizar la credencial no es una condición adicional del registro. Revisa que los documentos estén correctos, sin borraduras, tachaduras ni enmendaduras.

Si necesitas otra copia certificada de un matrimonio ya registrado, consulta la guía del acta de matrimonio. El acta acredita el vínculo; la fotografía se destina a la Cartilla Nacional de Salud, que tiene una función distinta del registro de beneficiario.

Si no viven en el mismo domicilio

La ficha contempla que el cónyuge tenga un domicilio distinto al del asegurado y, en ese caso, pide comprobante a nombre de la persona beneficiaria. Entre los aceptados están recibos de luz, teléfono fijo, agua, gas o televisión de paga con antigüedad no mayor a tres meses; predial o tenencia vehicular del año en curso; y estados de cuenta de instituciones financieras de no más de tres meses. La ficha de registro en UMF contiene otras opciones.

Declara el domicilio real y pide que se revise la clínica correspondiente. La exigencia de convivencia de otras modalidades, como el concubinato, no aparece como requisito general del registro por matrimonio. Si también necesitas actualizar tu propia adscripción, revisa por separado el alta o cambio de clínica.

Elige entre UMF y Escritorio Virtual

En la Unidad de Medicina Familiar

Acude a la UMF que te corresponda y solicita el registro de cónyuge, modalidad A. La ficha permite que tú lo tramites como persona asegurada y no establece que ambos deban comparecer juntos como requisito ordinario. Presenta los documentos para cotejo, revisa los nombres y datos capturados antes de firmar y conserva el acuse que te entreguen.

El horario publicado es de lunes a viernes hábiles para el IMSS: 08:00 a 14:00 en unidades con turno matutino y 08:00 a 19:30 donde hay turno matutino y vespertino. Confirma el servicio de tu unidad antes del traslado.

La ficha también permite que el propio cónyuge solicite el registro si el asegurado ya está registrado en la UMF. Si ésa será la forma de presentación, revisa esa indicación con la unidad; los pasos de esta guía parten de que acudes tú como asegurado.

En línea con e.firma

El catálogo IMSS Digital ofrece el registro y actualización de beneficiarios en el Escritorio Virtual. Publica como requisitos registrarse en ese escritorio, contar con Firma Electrónica Avanzada —también llamada FIEL en la página—, tu CURP, la CURP de tu cónyuge y correo electrónico personal. Ten también disponible tu NSS.

  1. Entra al catálogo oficial y elige «Registra, da de baja o actualiza los datos de tus beneficiarios(as)».
  2. Sigue el acceso al Escritorio Virtual y las indicaciones de registro o ingreso con tu e.firma.
  3. Elige la gestión correspondiente al cónyuge y atiende los datos y documentos que solicite el sistema.
  4. Revisa el resultado y guarda el acuse o impresión que efectivamente obtengas al concluir.

La ficha anuncia el canal digital las 24 horas, los 365 días del año; esa disponibilidad publicada no garantiza que el portal esté libre de interrupciones. Si no cuentas con e.firma, puedes preparar la solicitud presencial. La opción específica «Registro de hijos con CURP» corresponde a hijos y no es el acceso de la modalidad A.

Costo, plazo y resultado

El registro es gratuito. El acuerdo publicado el 15 de enero de 2024, apartado 21.1, establece resolución y prevención inmediatas. Una prevención es el requerimiento para atender una falta o aclaración de la solicitud. La ficha de Gob.mx de 2016 todavía señala un día hábil; el plazo de esta guía corresponde a la norma posterior.

Ese plazo administrativo no garantiza una consulta médica inmediata ni que la atención se active dentro de 24 horas. El acuerdo vincula la vigencia del registro con los derechos vigentes del asegurado en los registros del Instituto, además de las condiciones legales aplicables.

Al finalizar, comprueba que el acuse corresponda a tu cónyuge y revisa nombres y parentesco. La constancia de vigencia de derechos permite consultar la situación del titular y de los beneficiarios ya registrados; pedir esa constancia no realiza el alta.

Si tu cónyuge no aparece o hay datos distintos, solicita revisión en la UMF y lleva el acuse. Si el problema ocurrió en línea, conserva el mensaje y explica en qué etapa se detuvo el servicio. Tener NSS, estar registrado en una clínica y contar con un expediente de atención médica son situaciones diferentes: ninguna sustituye por sí sola el registro familiar.

Para un hijo menor de 16 años, consulta la guía de registro de hijos en el IMSS, cuya modalidad se acredita con el acta de nacimiento.

Fuentes oficiales de consulta

Estos enlaces permiten consultar la información de origen y confirmar las condiciones de tu trámite.

Consulta de fuentes: . La fecha de consulta indica cuándo se revisaron las fuentes; no representa una validación de la autoridad.