Terminación voluntaria por finiquito del propio contrato doméstico en baja tensión pospago, con recibos al corriente, solicitada personalmente por su titular, persona física mexicana mayor de edad. Confirma los requisitos de tu caso directamente con la autoridad.
Solicita la terminación de tu propio contrato
Para dar de baja tu contrato de luz CFE, solicita la terminación por finiquito con los recibos al corriente. El procedimiento incluye una última lectura, la emisión de la factura final y el pago del saldo para concluir. Dejar de pagar o desasociar el recibo de una aplicación no completa esa baja. La secuencia está publicada en el folleto de finiquito de CFE, páginas 2 y 3.
Esta guía cubre a una persona mexicana de 18 años o más que acude personalmente para terminar su propio contrato doméstico en baja tensión pospago, es decir, con aviso-recibo posterior al consumo. No desarrolla cancelaciones de contratos ajenos, fallecimiento, sucesiones, disputas de posesión, falta de documentos, representación ni personas morales. También quedan fuera media tensión, gran demanda, tarifas agrícolas, negocios, interconexión y cambios de suministrador.
Si otra persona continuará usando la vivienda y necesita luz a su nombre, revisen antes la ruta de cambio de titular. Si el suministro fue suspendido por falta de pago y buscas recuperarlo, pide orientación específica a CFE: una reconexión tiene un propósito distinto de terminar el contrato.
Avisa con al menos cinco días hábiles de anticipación
Presenta tu solicitud al menos cinco días hábiles antes de la fecha en que deseas terminar el servicio. Es la anticipación del aviso prevista en la ficha de Ventanilla Energía y en la cláusula XXII, apartado A, del modelo de contrato de baja tensión pospago publicado el 7 de septiembre de 2021.
Ese mínimo no significa que CFE garantice completar lectura, factura y cierre en cinco días. Confirma qué fecha se registrará y cómo conocerás la terminación efectiva, sobre todo si estás organizando una mudanza. Mientras el servicio siga suministrándose pueden acumularse consumos y cargos conforme al contrato.
Qué llevar y cómo preparar el escrito
Para esta baja como titular, el folleto específico de CFE pide acreditar la titularidad, presentar una solicitud escrita en formato libre dirigida a CFE e identificación oficial vigente en original y copia para cotejo. El servicio debe estar al corriente en sus recibos.
Como preparación práctica, incluye en tu escrito tu nombre, los datos que identifiquen el servicio y su domicilio, la petición de terminación, la fecha deseada, un contacto y tu firma. Estos datos ayudan a identificar la solicitud; no son la transcripción de un formulario oficial obligatorio. La cláusula XXII del modelo pospago permite solicitar la terminación sin necesidad de justificar el motivo.
También conviene llevar un recibo reciente, comprobantes de pago y una copia del escrito para pedir acuse. Son recomendaciones para facilitar identificación y seguimiento; no requisitos adicionales universales de escrituras, constancia fiscal o un número determinado de copias.
Dónde entregarlo y qué constancia conservar
La vía operativa que publican CFE y Ventanilla Energía es la ventanilla de un Centro de Atención a Clientes. Puedes ubicarla en el directorio oficial de CFE y confirmar su horario por el 071.
El modelo contractual pospago de 2021 contempla notificaciones por distintos medios y, para esta terminación, escrito o sitio de internet. Esa previsión contractual no confirma que hoy exista un botón o recorrido digital completo para dar de baja el servicio. Usa el centro para presentar la solicitud y el 071 para orientación o seguimiento; una llamada de consulta no acredita por sí sola que terminó el contrato.
Al entregar el escrito, solicita el acuse con firma o sello, físico o electrónico, que prevé la cláusula XXII. Comprueba que puedas identificar el servicio, la fecha de presentación y la fecha de terminación solicitada. Pide que te expliquen cómo se coordinarán la lectura final y la entrega de la factura.
De la solicitud al cierre: lectura y factura final
La secuencia publicada por CFE, página 3, permite distinguir estas etapas:
| Etapa | Qué debes comprobar |
|---|---|
| Recepción de la solicitud | Conserva el acuse y la referencia disponible para dar seguimiento. |
| Última lectura | Confirma con CFE cuándo se tomó y a qué servicio corresponde. Facilita el acceso seguro al medidor, previa identificación del personal. |
| Factura final | Revisa el periodo, la lectura y el saldo a cubrir. Haber pagado el último recibo ordinario no asegura un finiquito en cero. |
| Pago y conclusión | Cubre el saldo por los canales oficiales, guarda la factura y el comprobante, y confirma con CFE que el trámite quedó concluido. |
La ficha no fija una fecha garantizada para la lectura o la factura final. Si no recibes información, consulta con el acuse; no supongas que la ausencia de un recibo confirma saldo cero. La guía para consultar y descargar recibos puede ayudarte a revisar los documentos disponibles, aunque descargar uno no acredita el cierre.
No retires ni manipules el medidor. El modelo contractual, cláusulas IV, VII y XXIII, distingue la terminación del retiro físico del equipo, que depende del distribuidor. Si CFE te entregó un Instrumento Indicador de Consumo (IIC), el contrato prevé devolverlo al terminar; esa condición sólo aplica si recibiste ese dispositivo y no equivale a desmontar el medidor.
El trámite es gratuito; el consumo final se liquida
CFE publica la terminación por finiquito como un trámite gratuito. La resolución RES/262/2021 que aprobó el modelo pospago señala que este no contempla penalización por la terminación voluntaria. La cláusula XXIII exige cubrir consumos y demás cargos pactados que se hayan acumulado hasta la suspensión efectiva del suministro. La gratuidad de la solicitud no elimina el saldo final.
Si no reconoces un importe, pide a CFE el detalle del periodo, lectura y concepto antes de darlo por correcto. Conserva por separado el acuse de baja, la factura final y el pago: cada documento acredita una etapa diferente.
Qué pasa con el depósito en garantía
La cláusula XI del modelo de baja tensión pospago de 2021 señala que la garantía se aplica a los adeudos al terminar el contrato y se devuelve la diferencia que corresponda. Por eso, cancelar no implica recibir siempre el depósito íntegro ni una cantidad fija.
El modelo establece devolución en efectivo o transferencia en un máximo de 15 días naturales desde la rescisión o terminación del contrato, con aplicación a adeudos cuando existan. El plazo no se cuenta desde la primera llamada ni desde la entrega de la solicitud. El saldo a devolver queda disponible durante un máximo de un año, conforme a esa cláusula.
Pide el monto del depósito registrado, los cargos a los que se aplicó, el remanente y la fecha de terminación usada para contar el plazo. Confirma con CFE el medio de devolución y los datos que requiera por su canal oficial. La página de derechos y obligaciones de CFE también recoge la devolución y la aplicación del depósito.
Si siguen llegando cargos o falta el finiquito
Da seguimiento por el 071 o en el centro de atención con el acuse, el servicio y tus comprobantes. Solicita que revisen la fecha efectiva de terminación, la lectura final, el saldo pendiente y la aplicación del depósito. Un cargo posterior puede requerir revisar el periodo que factura; su fecha de emisión por sí sola no explica si corresponde o no.
Si persiste un desacuerdo, presenta primero la queja ante CFE y conserva su referencia y respuesta. El modelo pospago, cláusulas XXIV y XXVIII, prevé la atención de quejas por el suministrador y la vía ante Profeco. Mantén juntos los documentos de solicitud, facturación y pago para sustentar lo que pides aclarar.
Fuentes oficiales de consulta
Estos enlaces permiten consultar la información de origen y confirmar las condiciones de tu trámite.
- CFE: terminación de contrato por finiquito, páginas 2 y 3 (abre en otra pestaña)
- Ventanilla Energía: terminación de contrato por finiquito (abre en otra pestaña)
- DOF: modelo de contrato de suministro en baja tensión pospago, 7 de septiembre de 2021, cláusulas IV, VII, XI, XXII, XXIII, XXIV y XXVIII (abre en otra pestaña)
- DOF: edición del 7 de septiembre de 2021, modelo pospago, páginas 253, 256, 260, 261 y 267 a 269 (abre en otra pestaña)
- CFE: directorio de Centros de Atención a Clientes (abre en otra pestaña)
- CFE: derechos y obligaciones del usuario (abre en otra pestaña)
Consulta de fuentes: . La fecha de consulta indica cuándo se revisaron las fuentes; no representa una validación de la autoridad.



