Mis impuestos · Guía informativa

Cambia tu domicilio fiscal ante el SAT

Revisa el plazo y prepara tu cambio de domicilio en el RFC: e.firma para el portal, documentos para oficina y alcance de Oficina Virtual.

Fuentes consultadas: Revisión editorial: Servicio de Administración Tributaria (SAT)
Mujer revisando una carpeta en casa, con cajas de mudanza al fondo.
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Cambio de domicilio fiscal dentro de México de personas físicas mexicanas mayores de edad inscritas en el RFC que actúan por sí mismas. Confirma los requisitos de tu caso directamente con la autoridad.

Qué cambia con este aviso

El aviso de cambio de domicilio fiscal actualiza la dirección registrada en tu RFC. Si necesitas hacerlo por internet, prepara tu e.firma activa: el portal permite iniciar con Contraseña o e.firma, pero pide la e.firma para concluir. También existe atención en oficina con cita y, para quienes únicamente perciben salarios o ingresos por trabajo personal subordinado, Oficina Virtual.

Esta guía cubre a personas físicas mexicanas mayores de edad que realizan personalmente un cambio de domicilio dentro de México. El cambio de residencia fiscal al extranjero tiene condiciones y avisos propios; no se resuelve siguiendo este procedimiento de mudanza.

El domicilio fiscal se determina conforme al artículo 10 del Código Fiscal de la Federación. Según la actividad, puede ser el principal asiento de los negocios o el local utilizado para trabajar. Por eso, una mudanza de vivienda no significa automáticamente que cambió el domicilio fiscal. Si no sabes cuál corresponde a tu situación, acláralo con el SAT antes de capturarlo.

Descargar otra Constancia de Situación Fiscal no modifica la dirección del RFC. Tampoco basta con actualizar el domicilio de tu INE. El aviso ante el SAT es un movimiento distinto; después puedes consultar la constancia para revisar los datos registrados.

Plazo para presentar el cambio

El plazo ordinario es dentro de los diez días siguientes al cambio de domicilio fiscal, conforme al artículo 27, apartado D, fracción II, del CFF y la ficha 35/CFF vigente. El Anexo 2 define los días como hábiles conforme al artículo 12 del CFF y la regla 2.1.6; no los cuentes como diez días naturales.

Hay una excepción si el SAT ya inició facultades de comprobación y todavía no te notificó la resolución prevista en el artículo 50 del CFF: el aviso debe presentarse con cinco días de anticipación al cambio. Si estás en ese supuesto, revisa el plazo y las condiciones directamente con el SAT o con asesoría fiscal antes de trasladarte.

El artículo 30, fracción III, del Reglamento del CFF también contempla actualizar los datos por cambios de nomenclatura o numeración oficial. Usa la fecha y los datos que correspondan al movimiento real.

Elige el canal y prepara lo que pide

Canal Qué necesitas revisar
Portal del SAT La ficha exige Contraseña y e.firma para esta modalidad; la e.firma se utiliza al concluir. No pide adjuntar documentos.
Oficina del SAT Cita registrada, identificación oficial vigente en original y comprobante de domicilio en original.
Oficina Virtual Sólo para quienes únicamente perciben salarios o ingresos por servicio personal subordinado; requiere cita, documentos digitalizados y el formato de solicitud 35/CFF.

La ficha 35/CFF modificada en julio de 2026 es la referencia para estos canales. Oficina Virtual se limita a ese supuesto; que la opción aparezca en el sistema de citas no amplía su alcance.

Documentos para acudir a una oficina

Lleva una identificación aceptada, como INE o pasaporte vigentes, y un comprobante que corresponda al domicilio que informarás. No necesitas iniciar primero el aviso por internet para solicitar la atención presencial.

Las definiciones del Anexo 2 actualizado incluyen, entre otras opciones:

  • Estado de cuenta de una institución del sistema financiero, a tu nombre y con antigüedad no mayor a cuatro meses.
  • Último recibo de luz, agua, teléfono o internet, con antigüedad no mayor a cuatro meses. Para personas físicas puede estar a nombre de un tercero si cumple los requisitos del documento; esta posibilidad no se aplica al estado de cuenta.
  • INE vigente, como comprobante de domicilio para personas físicas, siempre que la dirección esté visible y se ubique en México, conforme al apartado B, numeral 10. Debe corresponder al domicilio que vas a informar.

El estado de cuenta y los recibos de servicios anteriores no necesitan exhibirse pagados. Los comprobantes que el proveedor entrega por medios digitales o permite descargar pueden presentarse impresos como originales si contienen los elementos que permiten verificar o presumir su autenticidad y validez. Si llevarás otro documento, revisa sus condiciones específicas: no todos tienen la misma antigüedad o admiten estar a nombre de otra persona.

Cómo presentar el aviso en el portal

  1. Abre el apartado oficial de inscripción y avisos al RFC. Busca Realiza tu cambio de domicilio y después Aviso de cambio de domicilio fiscal.
  2. Accede con RFC, Contraseña y el CAPTCHA que te muestre el SAT, o con e.firma. Si actúas por ti mismo, no agregues datos de un representante que no tienes.
  3. Captura la fecha del movimiento y los datos del nuevo domicilio. Antes de confirmar, comprueba código postal, calle, números y demás campos del formulario.
  4. Revisa la información, confirma e ingresa tu e.firma. La ficha indica continuar con Confirmar y Concluir solicitud para generar el aviso y el acuse.
  5. Guarda los documentos y lee el resultado completo. Si el acuse indica que debes terminar en oficina, agenda una cita y lleva los originales requeridos; la captura no concluyó el cambio por sí sola.

La sala de internet de las oficinas del SAT puede servir de apoyo para esta misma modalidad, llevando e.firma activa. No elimina ese requisito. Si necesitas revisar tu acceso, consulta las guías de Contraseña y renovación de e.firma, según corresponda.

Cómo preparar la atención con cita

Para la oficina presencial, reserva el servicio correspondiente en CitaSAT, acude con identificación y comprobante originales y revisa los datos antes de firmar. Si cumples los requisitos, la ficha prevé la entrega del aviso, el acuse de movimientos y la Constancia de Situación Fiscal. La guía para agendar cita explica cómo distinguir una reserva de un turno pendiente.

Si únicamente percibes salarios o ingresos por trabajo personal subordinado y eliges Oficina Virtual, prepara:

  • Identificación oficial vigente digitalizada desde el original; si usas INE, incluye ambos lados.
  • Comprobante de domicilio adicional cuando la dirección no esté visible en la identificación. Si la dirección visible no corresponde a la que informarás, no la uses para acreditar el nuevo domicilio: revisa con el SAT el comprobante correspondiente.
  • Formato de Solicitud de trámite 35/CFF, disponible desde el portal: RFC, personas → Realiza tu cambio de domicilio → Requisitos a través de Oficina Virtual → Formato.

Digitaliza los requisitos por separado en PDF, a color y legibles, con un máximo de 4 MB por archivo. Compártelos antes de la sesión mediante Consultar/Gestionar cita o el correo institucional que señala la ficha; sigue las instrucciones del acuse de cita. Durante la videollamada proporciona la información solicitada. Esta modalidad no exige e.firma según las condiciones de la ficha.

Cuando se cumplen los requisitos de Oficina Virtual, el acuse y la constancia se reciben por correo electrónico. Si no se cumplen todos, la ficha indica iniciar nuevamente el trámite; atiende la causa señalada antes de repetirlo.

Costo, resultado y problemas frecuentes

El aviso es gratuito. La ficha lo describe como inmediato cuando se cumplen los requisitos, pero eso no garantiza una cita disponible ni que cualquier captura haya quedado concluida. Consulta el acuse y comprueba el domicilio registrado; el nombre del archivo, por sí solo, no demuestra que la actualización terminó.

Sólo tengo Contraseña. Permite iniciar el flujo del portal, pero no sustituye la e.firma del paso final. Revisa la atención presencial o, si cumples su alcance, Oficina Virtual.

El acuse me pide acudir al SAT. Conserva el documento, agenda la cita y sigue sus instrucciones. No des por actualizado el domicilio mientras queda pendiente esa conclusión.

La dirección sigue diferente en mi constancia. Compara el aviso, el acuse y los datos consultados. Si hay una discrepancia, solicita orientación al SAT con esos documentos y revisa si el acuse dejó algún paso pendiente.

Tengo una revisión fiscal o aparezco como no localizado. Presentar este aviso no acredita por sí mismo que el SAT ya te localizó. El artículo 27 del CFF conserva condiciones especiales y señala que el aviso no surte efectos cuando el domicilio informado no corresponde al artículo 10; en ese caso la autoridad comunica la situación por Buzón Tributario. Confirma el seguimiento específico de tu expediente.

Fuentes oficiales de consulta

Estos enlaces permiten consultar la información de origen y confirmar las condiciones de tu trámite.

Consulta de fuentes: . La fecha de consulta indica cuándo se revisaron las fuentes; no representa una validación de la autoridad.