Renovación ordinaria dentro de México para persona mexicana menor de 18 años con pasaporte anterior expedido en México, íntegro y verificable por la SRE, ambos progenitores con patria potestad presentes, sin modificación de datos ni controversia. Confirma los requisitos de tu caso directamente con la autoridad.
La renovación empieza con la libreta anterior
Si tu hijo es mexicano, aún no cumple 18 años y conserva su pasaporte ordinario anterior expedido en México, prepara la renovación con esa libreta y las identificaciones vigentes de ambos padres. El menor y los dos progenitores deben acudir para la identificación y el consentimiento, aunque se trate de un bebé.
El acuerdo de simplificación de la SRE del 31 de enero de 2025, en su ARTÍCULO ÚNICO, modalidad B para renovación de menores, y el portal actual de pasaportes reúnen los elementos centrales: solicitud y autorización, comparecencia de quienes ejercen patria potestad con identificación vigente, menor con el pasaporte a renovar y comprobante de pago.
Esta ruta supone una libreta íntegra, legible y verificable, sin cambios de datos ni controversia familiar. Si fue expedida en un consulado, es de emergencia o tiene observaciones, pide la revisión particular de la SRE. Pérdida, robo, deterioro, tutela, ausencia de un progenitor y casos judiciales necesitan otra preparación. Para quien nunca ha tenido libreta está la guía del primer pasaporte de menor.
Revisa qué acredita el pasaporte conservado
En la renovación ordinaria, el pasaporte presentado normalmente acredita nacionalidad e identidad conforme al artículo 30 del Reglamento de Pasaportes. Esto evita reunir de nuevo todos los documentos de primera expedición por sistema, pero la SRE puede pedir pruebas adicionales si encuentra inconsistencias o necesita comprobar la identidad actual.
Antes de reservar, mira la fotografía de la libreta. Si los rasgos del menor han cambiado mucho, consulta qué identificación adicional admite la oficina. No presupongas que cualquier documento antiguo basta ni que la renovación exige un chip electrónico: las fuentes actuales citadas no establecen ese requisito general.
Si la SRE necesita otra identificación, revisa con ella las opciones escolares o de instituciones públicas previstas en el artículo 18. Para menores de siete años sin otra identificación admitida, el artículo 18.IV.f contempla una constancia médica con fotografía y los datos profesionales del médico, incluida su cédula, bajo las especificaciones de la SRE. No es una carta obligatoria para todos los bebés o niños pequeños que renuevan. Solicita las indicaciones antes de obtenerla; una carta informal puede no cumplirlas.
La foto de esa eventual constancia sirve para identificar al menor. Es distinta de la imagen que se captura durante la atención para el nuevo pasaporte; no hay que añadir fotografías de estudio como requisito universal de esta renovación.
Filiación, acta y nombres de los padres
La SRE debe comprobar también que quienes autorizan son los progenitores que ejercen la patria potestad. Llevar la libreta no elimina la acreditación de la filiación exigida por el artículo 30.
La mejora regulatoria implementada en 2025 permite consultar y generar actas del Registro Civil. Por eso, un acta impresa no es un requisito universal para toda renovación. Revisa que nombres y apellidos del menor y de ambos padres coincidan, y pregunta si la oficina podrá consultar el acta. Si necesita que la presentes, solicita la indicación de original o copia certificada que corresponda. Puedes preparar su obtención con la guía de acta de nacimiento.
También conviene consultar la CURP para comparar los datos. La lista simplificada actual no impone su impresión a todas las familias; preséntala si la oficina la indica para tu caso. La CURP por sí sola no sustituye una identificación con fotografía. Una diferencia entre documentos debe aclararse con la SRE antes del pago, sin asumir que la renovación corregirá automáticamente el registro.
Qué llevar y cómo dar el consentimiento
Organiza el pasaporte anterior original, las identificaciones vigentes de ambos padres y el comprobante de derechos. INE o pasaporte vigente son ejemplos de identificación de los adultos. Conserva juntos los documentos adicionales que la oficina haya indicado por identidad o filiación y revisa qué copias solicita; una imagen en el celular no reemplaza los originales.
El portal de la SRE distingue el consentimiento OP7 presencial de las autorizaciones a distancia. En este caso, ambos progenitores lo manifiestan durante la atención, conforme a las instrucciones de la oficina y a los artículos 19 y 20 del reglamento. No firmes un formato remoto pensando que sustituye esa comparecencia. Si alguno no podrá acudir, la ruta deja de ser la de esta guía.
Lleva la libreta anterior sin cortarla ni perforarla. Según el artículo 30 del reglamento, páginas 9 y 10, se entrega a la autoridad para que la cancele o inutilice y la devuelva. También puede renovarse antes de que venza, conforme al artículo 29; no tienes que esperar a que caduque para solicitarlo.
Vigencias y costos de renovación en 2026
Elige con la edad del menor al tramitar, no con la vigencia que tenía su libreta anterior. El artículo 28 del reglamento y las vigencias publicadas por la SRE permiten uno o tres años a menores de tres; desde los tres y hasta antes de los 18, tres o seis años. Diez años no es una opción para menores.
Estos son los importes operativos que publica el portal de la SRE para 2026, en pesos mexicanos:
| Edad al tramitar y vigencia elegida | Derechos federales | Con discapacidad acreditada |
|---|---|---|
| Menor de 3 años: 1 año | $920 MXN | $460 MXN |
| Menor de 18 años: 3 años | $1,795 MXN | $900 MXN |
| De 3 a 17 años: 6 años | $2,440 MXN | $1,220 MXN |
El beneficio por discapacidad debe acreditarse ante la SRE; pregunta qué documento admite y cómo presentarlo antes de pagar. El fundamento está en el artículo 20 de la Ley Federal de Derechos. Ser menor de edad no genera por sí solo un descuento. Usa la cuota reducida publicada para cada vigencia, incluida la de $900 por tres años.
Si eliges una Oficina Estatal o Municipal de Enlace, pregunta por su cobro local. Los lineamientos de junio de 2026 exigen distinguirlo de los derechos federales: no hay una cantidad local única que deba sumarse a esta tabla para todo México.
Cita, pago y entrega
Desde el portal oficial de pasaportes, entra al sistema de citas y reserva para el menor que recibirá el documento. La cita es gratuita; los derechos de expedición se pagan por separado mediante los canales oficiales y bancos autorizados indicados por la SRE. Revisa la sede, la vigencia elegida y el importe antes de pagar, y conserva el comprobante. La disponibilidad de citas puede cambiar.
El día de atención deben acudir los tres con la carpeta. Revisen los datos de la solicitud y sigan las indicaciones para el consentimiento y la captura de la fotografía. Pregunten cómo y cuándo se entregará el nuevo pasaporte y cómo recibirán la libreta anterior cancelada.
La reserva y el pago no garantizan una entrega ese mismo día en cualquier oficina. Pueden intervenir comprobaciones de identidad, filiación o documentos, además de la operación de la sede. Organiza el viaje cuando tengas clara la entrega y el documento disponible. Si después el menor saldrá de México solo o con un tercero, revisa por separado el formato SAM y sus condiciones; renovar el pasaporte no resuelve por sí solo esa autorización de salida.
Fuentes oficiales de consulta
Estos enlaces permiten consultar la información de origen y confirmar las condiciones de tu trámite.
- SRE: portal de pasaportes, renovación de menores y derechos 2026 (abre en otra pestaña)
- DOF: simplificación de trámites SRE, ARTÍCULO ÚNICO, modalidad B, 31 de enero de 2025 (abre en otra pestaña)
- SRE: Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, artículos 18 a 20 y 28 a 30 (abre en otra pestaña)
- Orden Jurídico Nacional: Reglamento de Pasaportes vigente (abre en otra pestaña)
- SRE: implementación de la mejora regulatoria en pasaportes, 2025 (abre en otra pestaña)
- SRE: vigencias de pasaportes (abre en otra pestaña)
- Cámara de Diputados: Ley Federal de Derechos vigente, artículo 20 (abre en otra pestaña)
- DOF: lineamientos de oficinas estatales y municipales de enlace, 19 de junio de 2026 (abre en otra pestaña)
Consulta de fuentes: . La fecha de consulta indica cuándo se revisaron las fuentes; no representa una validación de la autoridad.





