Registro ordinario de madre o padre mexicanos con actas mexicanas, solicitado personalmente por una persona mexicana adulta, trabajadora activa con derecho al seguro de salud del ISSSTE; sin pensionados, representación, otros ascendientes, adopciones, documentos extranjeros ni controversias. Confirma los requisitos de tu caso directamente con la autoridad.
Condiciones para registrar a tu madre o padre
El registro de tu madre o padre como familiar derechohabiente del ISSSTE corresponde a la modalidad ISSSTE-05-006-C. Antes de reunir los papeles, revisa tres condiciones: tu familiar debe depender económicamente de ti, tú debes tener derecho a los servicios del seguro de salud y tu madre o padre no debe tener por sí mismo derecho a esas prestaciones. La base está en el artículo 41, fracción V e incisos a y b de la Ley del ISSSTE.
La ficha actual C pide manifestar en el escrito que el familiar no tiene derechos propios a los seguros, prestaciones y servicios del ISSSTE ni similares en materia de salud de otro instituto de seguridad social. Si tu madre o padre tiene derechos de salud propios o no sabes cómo se clasifica su situación, consulta al área de Afiliación antes de presentar esa declaración. El Instituto determina si se cumplen las condiciones; esta guía no evalúa elegibilidad individual.
El recorrido se dirige a una persona mexicana adulta, trabajadora activa con derechos vigentes, que presenta personalmente el registro de su madre o padre mexicanos con actas mexicanas que acreditan el parentesco. Aunque la modalidad oficial comprende otros ascendientes, aquí se explica únicamente el vínculo directo con madre o padre. Pensionados, representación, adopciones, documentos extranjeros y controversias requieren revisión específica.
La Ley y la ficha C citadas no establecen, para este registro ordinario, la misma condición general de vivir en el hogar del trabajador que tiene el registro de padres en el IMSS. Prepara los documentos del ISSSTE y declara la situación real de tu familia.
Actas, CURP e identificación que debes preparar
La ficha C actual marca originales y una copia para el cotejo de los documentos siguientes. El carácter certificado de las dos actas está respaldado por el artículo 40, fracción IX del Reglamento de Afiliación y Vigencia y por la información institucional del ISSSTE de 2015.
| Documento | Cómo prepararlo |
|---|---|
| Copia certificada del acta de nacimiento de tu madre o padre | El acta certificada en original y una copia simple para cotejo. |
| Copia certificada de tu acta de nacimiento, como trabajador que genera el derecho | El acta certificada en original y una copia simple para cotejo. Debe acreditar el vínculo con tu madre o padre. |
| CURP de tu madre o padre | Prepara la impresión de la constancia y una copia: la ficha dice «Copia» en la descripción, pero marca «Original: Sí» y una copia para cotejo. |
| Tu identificación oficial vigente, como persona que realiza el trámite | Original y una copia. La descripción de la ficha admite, entre otras, INE, pasaporte o cédula profesional. |
| Escrito de solicitud de registro | Original para entregar, con las manifestaciones y datos que se explican en el siguiente apartado. |
La primera fila de acta de nacimiento de la ficha actual desarrolla en su descripción los parentescos de abuelos y bisabuelos, aunque la modalidad incluye padres. Para el vínculo directo de esta guía, el Reglamento y la página institucional de 2015 sí señalan el acta certificada del familiar y la del trabajador. Prepara ambas; si hay diferencias de nombres o dudas sobre el vínculo, solicita orientación antes de entregar la carpeta.
Para la CURP, la página de 2015 aclara que la impresión de RENAPO en papel bond puede presentarse como original. Puedes revisar por separado la consulta de CURP y la obtención de una copia certificada del acta de nacimiento. La lista consultada no publica una antigüedad universal para las actas.
La ficha C no añade fotografía, NSS ni un comprobante separado de domicilio a esta lista ordinaria. Tampoco publica una carta de no afiliación o comprobantes de ingresos como anexos universales. La consulta de no derechohabiencia del ISSSTE es otra gestión y no sustituye la revisión del registro familiar. Si la oficina necesita aclarar una circunstancia de tu caso, pide que te indique qué debes atender.
Qué debe contener el escrito
De acuerdo con la ficha C actual, el escrito original debe solicitar el registro del familiar y manifestar su dependencia económica, así como que no tiene derechos propios del ISSSTE o similares en materia de servicios de salud de otro instituto de seguridad social. También pide nombre completo, firma, correo electrónico, teléfono y domicilio.
El artículo 40, fracción IX del Reglamento exige declarar la dependencia económica bajo protesta de decir verdad. Usa información real y consulta a Afiliación si no sabes cómo describir tu situación; la declaración no equivale a una evaluación automática ni sustituye la revisión institucional.
Hay una diferencia entre las instrucciones publicadas en fechas distintas: la página institucional del 4 de julio de 2015 señala nombre y RFC del trabajador, fecha y firma, y formula bajo protesta tanto la dependencia como la ausencia de derechos propios. La ficha actual detalla los datos de contacto y domicilio indicados arriba. Ten disponible tu RFC y consulta a la oficina cómo integrar el escrito; son indicaciones de fuentes distintas, no una única lista literal publicada hoy.
Ninguna de esas instrucciones convierte el escrito ordinario en una declaración notarial ni publica testigos como requisito general. Solicita orientación del área que recibirá el expediente si necesitas aclarar su forma de presentación.
Presentación en oficina y solicitud previa en PDF
Puedes acudir con tu expediente al Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas de la Representación Estatal o Regional que corresponda, o al Área Técnica de la Clínica de Medicina Familiar del ISSSTE cercana a tu domicilio. Son los lugares señalados en la ficha C; confirma cuál recibirá tu solicitud y su horario antes del traslado.
La ficha también describe una ruta para preparar la solicitud mediante un servicio digital. Sus instrucciones públicas indican:
- Elegir el parentesco y proporcionar la CURP del familiar en el servicio oficial al que dirige la ficha.
- Consultar la CURP y completar los datos que pida el sistema.
- Generar la solicitud, descargar el PDF e imprimirlo.
- Acudir a la oficina de Afiliación o al Área Técnica de la clínica con la documentación del trámite.
- Recibir el Aviso de Registro del Familiar Derechohabiente al concluir el registro que corresponda.
El PDF generado es una solicitud para presentar; descargarlo no confirma que tu madre o padre ya quedó registrado. La entrega presencial y el aviso forman parte del recorrido publicado. Estos pasos resumen la ficha pública, sin afirmar que mxgob.com haya ingresado en una cuenta o probado una sesión personal. La e.firma de la vía IMSS no figura como requisito en esta lista del ISSSTE.
Si no logras generar el PDF, consulta al área de Afiliación cómo presentar tu solicitud y los documentos. Usa únicamente los canales oficiales para los datos personales; mxgob.com ofrece orientación y no recibe expedientes ni tramita el registro.
Costo, cita y resultado administrativo
El ISSSTE informa que el trámite es gratuito y no necesita cita en su página institucional de 2015. Confirma con la oficina la forma de atención y el horario actuales. La ficha C consultada no publica un horario nacional ni vuelve a detallar esas indicaciones de costo y cita.
La ficha actual señala respuesta inmediata. Es el tiempo administrativo publicado para la gestión; no garantiza aprobación de un expediente incompleto, consulta médica o entrega inmediata de una credencial. El resultado que debes conservar es el Aviso de Registro del Familiar Derechohabiente.
Revisa que el aviso corresponda a tu madre o padre y que los datos y el parentesco sean correctos. El artículo 45 del Reglamento vincula el inicio del derecho del familiar con su registro y la permanencia con la afiliación y las condiciones del artículo 41 de la Ley. Si falta el aviso o encuentras un error, solicita revisión al área de Afiliación. Un PDF previo, la entrega de papeles y el registro concluido son etapas distintas.
Fuentes oficiales de consulta
Estos enlaces permiten consultar la información de origen y confirmar las condiciones de tu trámite.
- Gobierno de México: ficha actual ISSSTE-05-006-C, registro de familiares ascendientes (abre en otra pestaña)
- Cámara de Diputados: Ley del ISSSTE vigente, artículos 6, fracción XII, inciso d, y 41, fracción V e incisos a y b (abre en otra pestaña)
- Cámara de Diputados: Reglamento de Afiliación y Vigencia del ISSSTE, artículos 40, fracción IX, y 45, publicado el 10 de junio de 2011 (abre en otra pestaña)
- ISSSTE: registro de familiares ascendientes, documentos, gratuidad y atención sin cita, 4 de julio de 2015 (abre en otra pestaña)
Consulta de fuentes: . La fecha de consulta indica cuándo se revisaron las fuentes; no representa una validación de la autoridad.





