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Registra a tu hijo menor de 18 años en el ISSSTE

Prepara el registro de tu hijo menor de 18 años en el ISSSTE: documentos, solicitud, entrega presencial y aviso de registro.

Fuentes consultadas: Revisión editorial: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)
Madre e hijo adolescente organizando una carpeta y un sobre en la mesa de casa.
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Registro ordinario de hijo propio mexicano de 0 a 17 años con acta de nacimiento mexicana y CURP, solicitado personalmente por su padre o madre mexicana mayor de edad, trabajadora activa con derecho al seguro de salud del ISSSTE; sin pensionados, representación, adopción ni controversias. Confirma los requisitos de tu caso directamente con la autoridad.

Cuándo puedes solicitar el registro de tu hijo

Para registrar a tu hijo o hija menor de 18 años como familiar derechohabiente del ISSSTE, prepara la documentación de la modalidad ISSSTE-05-006-B. Puedes presentar personalmente la solicitud si eres su padre o madre y tienes derecho al seguro de salud del Instituto como trabajador activo.

Esta guía cubre a una persona mexicana mayor de edad que registra a su hijo propio mexicano de 0 a 17 años, con acta de nacimiento mexicana y CURP. Los casos de adopción, reconocimiento posterior, hijos del cónyuge, controversias de filiación, documentos extranjeros, pensionados o trámites mediante representante necesitan una revisión distinta.

El artículo 41 de la Ley del ISSSTE incluye a los hijos menores de 18 años que dependan económicamente de alguno de los cónyuges. También exige que el trabajador tenga derecho a los servicios de atención médica allí señalados y que el familiar no tenga por sí mismo derecho a esas prestaciones. Por su parte, la ficha de registro de hijos pide que el escrito incluya una manifestación sobre la ausencia de derechos propios, incluidos servicios de salud similares otorgados por otro instituto de seguridad social. Si tu hijo tiene cobertura propia o no sabes cómo encaja su situación, consulta al área de Afiliación antes de firmar. El ISSSTE determina la procedencia individual.

La dependencia económica es una condición legal del hijo menor. La ficha nacional de registro no añade a su lista ordinaria una carta notarial ni una testimonial para acreditarla.

Documentos: separa los tuyos de los de tu hijo

La identificación y la firma corresponden a ti, como trabajador que solicita el alta. El acta de nacimiento y la CURP corresponden a tu hijo. Para la entrega presencial, prepara esta carpeta conforme a la ficha nacional:

Documento Cómo llevarlo
Tu identificación oficial vigente Original para cotejo y una copia. La descripción admite credencial para votar, pasaporte o cédula profesional.
Acta de nacimiento de tu hijo Copia certificada expedida por el Registro Civil para cotejo y una copia simple para el expediente.
CURP de tu hijo Impresión de la constancia y una copia como preparación; revisa la diferencia entre descripción y tabla que se explica abajo.
Escrito libre de solicitud Original firmado por ti, con la petición de registro, la manifestación requerida y tus datos de contacto.

La ficha describe la CURP como «Copia», pero en sus columnas de presentación marca original y una copia. La página institucional de 2015 aclara que la impresión obtenida de RENAPO se toma como original. Llevar la impresión y una copia permite preparar ambas indicaciones. Puedes consultar la CURP y cotejar el nombre con el acta antes del traslado.

Para el acta, una fotocopia sola no sustituye la copia certificada. Si necesitas obtener otra de un registro existente, consulta la guía del acta de nacimiento. La ficha de esta modalidad no publica una antigüedad máxima del acta.

La lista nacional consultada no exige INE del niño, fotografía, certificado escolar, NSS ni comprobante de domicilio como documento separado. El domicilio sí forma parte de los datos del escrito. Evita trasladar al ISSSTE una lista de documentos del IMSS: son instituciones y modalidades diferentes.

Qué debe contener el escrito

La ficha pide solicitar el registro de tu hijo y manifestar que el familiar no tiene por sí mismo los derechos propios que señala sobre los servicios de salud. Incluye tu nombre completo, firma, correo electrónico, teléfono y domicilio, como trabajador solicitante.

Redacta el escrito según tu situación real y aclara cualquier duda sobre otra cobertura con Afiliación. Una acreditación de no afiliación al ISSSTE es otro documento y su consulta no sustituye esta solicitud de registro familiar.

Dónde entregar la solicitud

La ficha dirige al Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas de las representaciones estatales o regionales del ISSSTE y al área técnica de sus Clínicas de Medicina Familiar. Confirma qué módulo atiende este registro y su horario antes de acudir; no hay aquí un horario nacional único.

  1. Solicita el registro de tu hijo menor como familiar derechohabiente, modalidad B.
  2. Presenta los originales para cotejo, las copias y el escrito. Explica cualquier diferencia de nombre o CURP que hayas detectado.
  3. Revisa los datos capturados antes de firmar lo que corresponda. Si falta un documento o queda una aclaración, pide que te indiquen qué debes completar.
  4. Al concluir el registro, recibe y conserva el aviso de registro del familiar derechohabiente que señala el último paso de la ficha.

La página del ISSSTE publicada en 2015 indica atención sin cita. Confirma la atención de tu módulo antes del traslado. La ficha permite que tú presentes la solicitud y no señala como requisito ordinario que tu hijo te acompañe. Si una sede solicita su presencia, confirma el motivo con Afiliación.

Qué puedes preparar en línea

La ficha oficial también publica una secuencia para seleccionar el parentesco, capturar la CURP del familiar, completar sus datos y generar una solicitud en PDF. Después indica descargarla, imprimirla y acudir con la documentación al módulo; el recorrido termina con la entrega del aviso de registro.

Si eliges esa preparación digital, entra desde la ficha de registro de hijos del ISSSTE y sigue las instrucciones que muestre el servicio oficial. La solicitud impresa todavía debe entregarse presencialmente. Ese PDF no acredita que el registro esté concluido.

La Oficina Virtual del ISSSTE muestra un acceso con usuario y contraseña. Los requisitos de acceso que presente el servicio digital no se convierten por ello en requisitos de la entrega presencial. En esta guía no se ha comprobado una sesión privada ni el recorrido autenticado de registro familiar. Captura datos personales únicamente en el servicio oficial; mxgob.com no recibe solicitudes ni documentos.

Costo, respuesta y comprobación del registro

El ISSSTE publica este registro como gratuito en su página de 2015. Los gastos por obtener copias certificadas, hacer fotocopias o trasladarte son distintos del costo del trámite.

La ficha nacional consultada señala respuesta inmediata. Es el plazo administrativo publicado; no garantiza un número de minutos, un turno disponible, la conclusión de una carpeta incompleta ni el reflejo simultáneo del movimiento en todos los sistemas.

Comprueba que el aviso recibido corresponda a tu hijo y pide revisar nombre, CURP y parentesco. El artículo 45 del Reglamento de Afiliación y Vigencia vincula el inicio del derecho familiar a su registro en ese carácter y su permanencia a la afiliación y a las condiciones legales. Una solicitud, un folio o un acuse de recepción no sustituyen el aviso final ni permiten asegurar por sí solos la vigencia individual.

La orientación institucional de Afiliación y Vigencia de Derechos, publicada en 2022, explica que los datos de familiares registrados pueden consultarse en el expediente de Oficina Virtual. Si no aparece tu hijo o hay diferencias, lleva el aviso a Afiliación y solicita revisión. Si el error viene del acta o de la CURP, consulta además a la autoridad que emitió ese documento.

La Cartilla Nacional de Salud permite llevar el seguimiento de salud; tenerla no realiza este registro administrativo. Si también registrarás a tu esposa o esposo, prepara por separado los documentos de la modalidad de cónyuge del ISSSTE.

Dudas antes de preparar la carpeta

Mi bebé aún no tiene acta o CURP, ¿sigo estos pasos?

Este recorrido ordinario requiere acta de nacimiento y CURP. Para recién nacidos menores de 60 días que no están registrados en su base única, el ISSSTE publica una modalidad de atención de recién nacido. Consulta esa ficha y al Instituto si tu bebé todavía no tiene los documentos; sus condiciones son distintas y no se resuelven sustituyendo el acta por cualquier comprobante.

¿Qué ocurre cuando mi hijo cumple 18 años?

Deja de estar dentro del alcance de esta modalidad para menores de 18 años. Los supuestos por estudios o incapacidad tienen otras condiciones y documentos; pide orientación al ISSSTE antes de aplicarles la lista de esta guía. No se plantea una continuación automática del registro.

¿Puedo usar el acta si el nombre no coincide con la CURP?

Conviene resolver la diferencia antes de presentar la carpeta. Compara los datos y solicita orientación a la autoridad emisora del registro que contiene el error. Si la diferencia está en el registro del ISSSTE, corresponde pedir su revisión a Afiliación; no alteres documentos para hacerlos coincidir.

Fuentes oficiales de consulta

Estos enlaces permiten consultar la información de origen y confirmar las condiciones de tu trámite.

Consulta de fuentes: . La fecha de consulta indica cuándo se revisaron las fuentes; no representa una validación de la autoridad.